Continúa instalación de etiquetas RFID para el transporte de carga terrestre

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La Autoridad Nacional de Aduanas informa a los transportistas de carga que aún se mantiene habilitado el procedimiento para el Registro de los Medios de Transporte de Carga Internacional Terrestre, a través de Dispositivos de Radio Frecuencia (RFID) en los puestos de Paso Canoas, Panamá Pacifico, Tocumen y Colón en horario laborable.


Esta acción forma parte del diseño e implementación de la plataforma digital de comercio centroamericana y se da en cumplimiento a la cuarta medida prioritaria de facilitación de comercio y competitividad, con énfasis en la gestión coordinada de fronteras que se está implementando a nivel regional.


El Proyecto, que es financiado por la Unión Europea con la administración del BID y ejecutado por el SIECA, consiste en unos dispositivos que se han estado instalando en el parabrisas de las unidades de transporte de carga nacionales, con el que se registrará la entrada y salida de estos vehículos a los puestos de control fronterizo terrestres y conocer el movimiento de los mismos a través de las rutas fiscales.


A su vez con esta herramienta se permitirá el análisis de datos, así como la integración con los sistemas de cada país, uso de la información en temas de gestión de riesgo, datos de tiempo de cruce fronterizo en zonas primarias, trazabilidad y confirmación de cruce fronterizo de unidades de transporte que posean tecnología RFID, así como datos para el análisis de frecuencias por días y horas en los puntos fronterizos equipados con esta tecnología.

DPFA DE LA ZONA CENTRAL Y AZUERO DECOMISA MERCANCIA VARIADA Y CIGARRILLOS DE CONTRABANDO

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Dado al éxodo de personas al interior del país, las unidades de la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera (DPFA), de la Zona Central y Azuero intensifican su labor de vigilancia en el Punto de Control ubicado en Divisa, dando como resultado la retención de mercancía variada a “modo encomienda”, para así evadir responsabilidades.


Dentro de un bus de la ruta Panamá-Chiriquí-Frontera fue retenido 1 bulto con zapatillas que se presume sea de fraude marcario, el mismo no contaba ningún tipo de documentación que avalara su legal procedencia.


En otro hecho registrado en este punto se decomisaron 6 bultos de mercancías con  relojes de pulso para su distribución a menor escala sin documentación y 1 bulto de presunta hierba conocida como  Marihuana, puesta a órdenes de la entidad competente; dicha mercancía estaba bajo el poder de un varón con nacionalidad venezolana.

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Un tercer caso se registró dentro de una unidad de  bus de la ruta Santiago-Panamá, donde se decomisaron 24 litros de seco de Importación a un joven panameño que se presentó como responsable la mercancía.


Los inspectores aduaneros mediante diligencia de allanamiento en el corregimiento de El Roble de Aguadulce, dieron con la incautación de 95 cartones de cigarrillos de presunto contrabando de las marcas conocidas como: Empire y King ´s Club, a un ciudadano panameño,  artículos cuya venta está prohibida  en el territorio nacional, por no contar con los permisos sanitarios correspondientes para su comercialización. Además se encontraron 9 litros de licor como Whisky y Tequila.

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La mercancía descrita en los casos mencionados se encuentra retenida por la DPFA de la Zona Central y Azuero para las investigaciones respectivas.

Gabinete aprueba nuevas disposiciones aduaneras para Hub Humanitario

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El Consejo de Gabinete aprobó modificaciones al Decreto de Gabinete No. 12 de 2016 que dicta disposiciones relacionadas con las mercancías sujetas al régimen de Envíos de Socorro o Ayuda Humanitaria, donde se establece un periodo hasta por un plazo de seis meses para las mercancías bajo el régimen de importación temporal con reexportación en el mismo estado.


La nueva modificación aprobada y contenida en el Decreto de Gabinete No. 36, de 23 de diciembre de 2019, establece que las mercancías que ingresen al territorio nacional bajo el régimen de Envíos de Socorro o de Ayuda Humanitaria no causarán abandono por su permanencia en el territorio aduanero de la República de Panamá.


Se exceptúan las mercancías aptas para el consumo humano y aquellas que por cese de operaciones del depósito deban retirarse y/o aquellas que tengan un término específico de vencimiento. Estas mercancías estarán exentas del pago de formulario de Control de Mercancías no Nacionalizadas, cuyo costo es de 3 balboas, así como el pago de 10 balboas por el uso de precintos aduaneros.


Cabe destacar que son funciones del Consejo de Gabinete fijar y modificar los aranceles, tasas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas, con sujeción  a las leyes a que se refiere el numeral 11 del artículo 159 del texto Constitucional.

Cigarrillos y potenciadores sexuales son retenidos por la DPFA

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Más de 120 cartones de cigarrillos de la marca RAP dejadas en abandono, fueron incautados por inspectores de la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera la madrugada de este 24 de diciembre, cerca al área del mercado del Terraplén.

La diligencia se dio durante un patrullaje de prevención que desarrollaban los inspectores, quienes vieron a lo lejos a unos ciudadanos que tenían en su poder unas cajas de manera sospechosa, pero al ver la presencia de los aduaneros dejaron toda la mercancía en abandono.

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En otro hecho registrado en el área de carga del Aeropuerto Internacional de Tocumen, a través de un monitoreo del sistema informático, se analizó un manifiesto que causó suspicacia por lo que se procedió a verificar la carga físicamente, detectando que la guía aérea reflejaba en su descripción productos naturales como: suplementos dietéticos, energizantes powers x, pero al revisar físicamente la carga se detectaron potenciadores sexuales.

Ante este hallazgo se coordinó con la Oficina de AUPSA y luego de un análisis se determinó la retención de la mercancía completa que consta de tres (3) bultos, ya que el producto pretendía ingresar al país con número de registro que no corresponde a los registros que mantiene el órgano anuente.

Gabinete aprueba modificación del arancel nacional sobre el impuesto selectivo a las bebidas azucaradas

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El Consejo de Gabinete aprobó el Decreto N°37 que modifica el arancel nacional de importación, como parte de las recomendaciones contempladas en el Plan de Acción para la Mejora de la Salud que ha colocado el impuesto selectivo a las bebidas azucaradas para promover un estilo de vida saludable, el cual empezará a regir a partir del 1 de enero de 2020.


Mediante el artículo 9 de la ley 114 de 2019, se modificó el artículo 9 de la ley 45 de 1995, instituyendo que el impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas será de 7% para las bebidas gaseosas; 5% para el resto de las bebidas azucaradas, ya sean de producción nacional o importadas, y de 10% para los jarabes, siropes y concentrados para la producción de bebidas azucaradas. La tarifa del impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas del 7%, también será aplicada sobre la partida arancelaria 22.02.


En esta modificación también se establece que estarán exentos del impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas los alimentos bebibles a base de lácteos, granos o cereales, los néctares, jugos de frutas, vegetales con concentrados naturales de frutas y sus concentrados y aquellos productos en general cuyo gramaje sea inferior a 7.5 gramos de azúcar por cada 100 ml. de bebidas azucaradas.


El anuncio lo hizo el Vicepresidente de la República, Gabriel Carrizo, en conferencia de prensa luego de la sesión del Consejo de Gabinete en el que también participó por Aduanas el Subdirector General Técnico, Rodolfo Samuda.


Es importante resaltar que para dar cumplimiento a la disposición legal se impone modificar la estructura del arancel nacional de importación a 12 dígitos, de manera que el nuevo texto refleje los productos exentos del impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas y los productos que resultan gravados de conformidad a la ley, ya que ambos se clasifican en la partida arancelaria 22.02.

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