Recientemente fue publicado en la Gaceta Oficial 28855-A el Resuelto No. 040/DIAS/UASL del Ministerio de Seguridad Pública, que dicta medidas relacionadas con la tenencia de armas de fuego y establece la prórroga de la suspensión de importación de este tipo de mercancías de uso permitido en el territorio nacional por las empresas debidamente autorizadas, así como de accesorios que sirvan para el ensamble de un arma de fuego.
En el documento queda establecido que se exceptúan de esta prohibición los estamentos de Seguridad del Estado y los servicios de seguridad de las instituciones del Estado. En atención a esta medida, la Autoridad Nacional de Aduanas como parte del engranaje de seguridad nacional, redoblará esfuerzos en los puntos de entrada y salida de mercancías a nivel nacional para que se cumpla lo establecido en el Resuelto 040.
Entre otras disposiciones se indica que el Ministerio de Seguridad, a través de la Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Pública, podrá autorizar de manera excepcional la importación de armas de fuego para uso exclusivo de las Agencias de Seguridad Privada legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Empresas de Seguridad.