Oficina de Asesoria Legal

Asesoria Legal de la Dirección


La Autoridad Nacional de Aduanas fue creada mediante el Decreto Ley 1 de 13 de febrero de 2008 como una institución de seguridad pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio para realizar las funciones de control y fiscalización en todo el territorio nacional a través de las distintas Administraciones Regionales, Direcciones y Oficinas, como lo es, la Oficina de Asesoría Legal.

Nuestra Misión

Nuestra Misión


La Oficina de Asesoría Legal cuenta con el apoyo de funcionarios de alta capacidad e idoneidad quienes, comprometidos con el rol facilitador, de transparencia y control institucional, responden oportunamente ante los acontecimientos nacionales. Está conformada por más de 8 abogados y 2 asistentes; subdividida en 3 áreas: "secretarias, analistas de trámite del SIGA y consultas legales; su misión es salvaguardar con estricto apego a los principios de legalidad, formalidad y probidad administrativa los intereses de los usuarios, así como el de la Autoridad Nacional de Aduanas.

Nuestra Visión

Nuestra Visión


Ser líder en el análisis, revisión y emisión de opiniones jurídicas, así como, en el asesoramiento jurídico a nuestros usuarios internos y externos en materia aduanera, con la finalidad de mantener los estándares de modernización con miras a conservar la competitividad a nivel de la región procurando mayores grados de facilitación al comercio internacional.

Accede a nuestros servicios

Normativas
Conjunto de ordenamientos jurídicos que regulan a la entidad regente de la actividad aduanera nacional, auxiliares de la función pública aduanera, personas naturales o jurídicas que intervienen en el ingreso, permanencia salida de mercancías, personas y medios de transporte en el territorio nacional,así como los regímenes y operaciones aduaneras aplicables.
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Requisitos
Requerimientos que se deben presentar para solicitar registros,autorizaciones de regímenes, acceso al sistema informático oficial, entre otros.
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Edictos
Publicación electrónica de resoluciones o disposiciones oficiales legales.
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Preguntas Frecuentes

Puede ser presentada por los usuarios externos (colaboradores de la empresa) a quienes se les concedió la autorización y la empresa a través de su apoderado legal. En caso del Agente Corredor de Aduanas, éste podrá hacerlo en su propio nombre y representación. En todos los casos se deberá aportar los documentos señalados en formulario de requisitos.
Deberá presentar los siguientes documentos:
  • Solicitud.
  • Certificado del Registro Público vigente.
  • Certificación de no defraudación aduanera.
  • Fianza de obligación fiscal 2-97.
*Cuando existan cambios en la Junta Directiva de la sociedad, nuevo domicilio, ampliación o reducción de actividades de la empresa, deberá actualizar los mismos.
Los tipos de fianzas son las contempladas en el Decreto 44 de 4 de marzo de 1998 cumpliendo las formalidades establecidas en el Decreto Núm.33-LEG de 8 de septiembre de 2020, las cuales deben ser consignadas en original.
La Nómina de colaboradores es la planilla que la empresa elabora y presenta ante la Caja de Seguro Social, y es la que debe ser presentada con su solicitud a fin de acreditar los colaboradores que representarán la gestión aduanera de la empresa ante la Autoridad Nacional de Aduanas.
La Ley 38 de 31 de julio de 2000, establece en el artículo 82 el término de treinta (30) días hábiles para aprobar dicha solicitud, los cuales comenzarán a correr siempre y cuando se hayan presentado la totalidad de los documentos exigidos para el tipo de auxiliar que solicitó.
Se procederá al archivo de la solicitud tal como lo establece el artículo 66 del RECAUCA, en consecuencia, el usuario deberá presentar una nueva solicitud.
Podrá solicitar el SECVA temporal cualquier persona natural o jurídica que requiera el servicio en los eventos feriales cumpliendo con el pago respectivo condicionado a la cantidad de días que durará la actividad. Además deberá cumplir con los siguientes requisitos:
  • Poder otorgado a un abogado en ejercicio.
  • Solicitud formal dirigida a esta Autoridad.
  • Copia de la cédula de identidad personal del representante legal responsable del evento, debidamente autenticada por el Tribunal Electoral.
  • Certificado de Registro Público de la empresa o sociedad común.
  • Contrato de Arrendamiento del local donde se va a realizar el evento ferial.
  • Detallar en la solicitud los días y horario de montaje, exhibición, ventas y desmontaje; además de indicar si se acoge a algún beneficio al que tenga derecho.
Este documento lo debe presentar la empresa que requiere acceso al SIGA para consolidar y desconsolidar mercancías y siempre que la misma tenga una filial en un país extranjero. Esta carta debe estar debidamente apostillada; si su redacción es en un idioma distinto al español deberá acompañarse con la traducción correspondiente de un traductor debidamente autorizado y con una vigencia no mayor a treinta (30) días.
Debe presentar solicitud dirigida a la Secretaría General de la Autoridad Nacional de Aduanas y cumplir con los requisitos que se encuentran en el siguiente enlace: ana.gob.pa, sección de “manuales y procedimientos”.
Se deben presentar los siguientes documentos actualizados:
  • Solicitud de actualización.
  • Certificado de no defraudación aduanera.
  • Certificado de Registro Público.
  • Resolución administrativa o licencia emitida por el ente regente correspondiente, que autoriza la actividad que realiza la empresa.
  • Registro único de contribuyente.
  • Copia de la escritura pública que habilita el cambio.